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15 ene 2016

LA JUSTICIA SALVO A 68 PERROS Y DIJO QUE SON "SERES QUE SIENTEN"

DATO EXTRA | Algo está cambiando en la jurisprudencia argentina. Dos fallos inéditos en la Justicia salieron a cuestionar la forma en la que se considera a los animales. 


Así, apilados como para tratar de protegerse y lastimados, estaban algunos de los 68 perros cuando allanaron la casa de Almagro. 

Se difundió un dictamen de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires en el que, lejos de categorizarlos como objetos, se afirma que son “seres que sienten y merecen cuidado adecuado”.

La sentencia vino a reforzar el concepto que ya se había adoptado en el caso de la orangutana Sandra, quien vive desde hace más de 20 años en el Zoo porteño y a la que se reconoció como “sujeto no humano con derechos”.

Los camaristas Marcelo Vázquez, Silvina Manes y Marcela De Langhe dispusieron que 68 perros, que fueron hallados en estado de desnutrición y maltrato en poder de una mujer con problemas mentales, fueran entregados a una asociación civil.

El dictamen, difundido en los últimos días y firmado el 25 de noviembre, determinó que los perros quedasen al cuidado del Centro de Prevención de Crueldad al Animal, que a su vez los dio en adopción en forma gratuita.

Los 66 caniches y dos labradores habían sido entregados a la asociación tras ser encontrados en un allanamiento a una casa en el barrio porteño de Almagro, en marzo de 2014.

Estaban desnutridos, deshidratados y con distintas enfermedades.

Algunos replegados contra la pared, formando una pirámide, en señal de resguardo. Otros encerrados y hacinados en cajones de madera. Las marcas de las uñas en los costados de esas cajas reflejaban la desesperación de los animales por escapar. En el piso, puntos negros se contaban de a cien: era la materia fecal de los 68 perros. Contra una puerta, uno yacía muerto, ya en estado de descomposición.

Según pericias psiquiátricas, la dueña de los perros “no conserva su autonomía psíquica para comprender el alcance de sus actos y dirigir sus acciones”. Por su estado mental, no fue condenada pero se decidió quitarle los animales.

“No puede estar a la guarda de seres vivos que merecen cuidado, protección y alimentación adecuada”, determinó la jueza de primera instancia Cristina Nazar y dispuso su traslado inmediato. La sentencia de Nazar fue apelada por la defensa de la mujer, que reclamó la devolución de los perros argumentando que “no estaban sujetos a decomiso, restitución o embargo”.

En noviembre, en respuesta a la apelación, los camaristas ratificaron la decisión de la magistrada. Expresaron que “la categorización de los animales como sujetos de derechos, no significa que éstos son titulares de los mismos derechos que poseen los seres humanos, sino que se trata de reconocerles sus propios derechos como parte de la obligación de respeto a la vida y de su dignidad”. En ese sentido, marcaron como razonable la decisión de la jueza Nazar de donar los perritos.

En la Argentina, hay una contradicción sobre cómo se entiende a los animales.

“En el Código Civil, se los toma como cosas, no así en el Código Penal, donde son considerados sujetos de derechos y están protegidos hace 61 años por la Ley 14346/54”, explicó Susana Darcalaky, abogada penalista, a Clarín. Es integrante del Centro de Prevención de Crueldad al Animal. La entidad no sólo se encargó de la buscarles familias a los perros, también fue querellante en la causa. “Los informes veterinarios eran lapidarios. Los canes tenían laceraciones y tumores. No comían ni bebían. Muchas hembras tenían los cachorros muertos en sus vientres”, marcó.

Entre tanta crueldad, el fallo ofrece un poco de alivio: “Sentencias como la de la orangutana y la de la Sala I vienen a confirmarle –agregó Darcalaky– el estatus jurídico a los animales. Ellos tienen derechos”.

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